Cédula habitabilidad

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¿Qué es y en qué consiste una cédula de habitabilidad?

La cédula de habitabilidad es un documento administrativo que acredita que una vivienda cumple las condiciones mínimas de habitabilidad que prevé la normativa vigente y es apto para ser destinado a residencia de personas, sin perjuicio de que se desarrollen otras actividades autorizadas. La cédula se llama de segunda ocupación si se refiere a viviendas usadas o preexistentes.

Los datos que constan en la cédula son:

  • La dirección y hubicación de la vivienda.
  • La superfície útil de la vivienda y de las habitaciones.
  • Las estancias y los espacios que componen la vivienda.
  • El lindar máximo de ocupación.
  • La identificación y titulación del técnico que certifica la habitabilidad.

En cambio, en la cédula no figura el nombre de la persona propietaria. Se trata de un documento que acredita las condiciones objetivas de habitabilidad de una vivienda, con independencia del suyos titulares u ocupantes. De esta forma, aunque se alquile o venda el piso, la cédula sigue en vigor.

¿Y porqué es necesaria la cédula de habitabilidad?

La cédula de habitabilidad es necesaria para poder transmitir una vivienda en venta, alquiler o cesión de uso, en primera transmisión o en posteriores (salvo los supuestos de exoneración que prevé la normativa vigente). También es necesaria para darse de alta de los servicios de agua, electricidad, gas, telecomunicaciones y otros servicios.

No obstante, el otorgamiento de la cédula de habitabilidad no supone la legalización de las construcciones en cuanto a la adecuación del uso de vivienda a la legalidad urbanística.

¿Cuánto dura vigente una cédula de habitabilidad?

La cédula de habitabilidad, una vez expedida, tiene una vigencia en función de la intervención y del trámite a seguir:

  • Cédulas de viviendas nueva / usadas con fecha de otorgamiento anterior a 2004: 10 años.
  • Cédulas de viviendas nuevas / usadas otorgadas del 2004 al 2012: 15 años.
  • Cédulas a partir de 2013:

o    Cédulas de primera ocupación: 25 años.

o    Cédulas de primera ocupación de rehabilitación: 15 años.

o    Cédulas de segunda ocupación: 15 años.

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